Se está produciendo un debate con alguna iniciativa política concreta a nivel nacional e internacional en el sentido de otorgar licencias obligatorias a las patentes de las vacunas COVID-19 y vemos necesario aclarar algunos conceptos.
En el caso de que se llegaran a otorgar licencias obligatorias, es más que probable que la capacidad de fabricación, las condiciones de producción y las garantías sanitarias necesarias no se cumplirían. No son fáciles de cumplir. La complejidad de la innovación biomédica exige empresas o entidades de gran profesionalidad y conocimiento, de gran capacidad productiva y especializadas en la asunción de riesgos y en complicados procesos de fabricación y conservación. Actualmente poco más de una docena de empresas en todo el mundo son capaces de ello. Sería imposible por tanto que las vacunas y tratamientos llegaran a los pacientes a tiempo y en las condiciones sanitarias requeridas para atender una pandemia sanitaria mundial como la del COVID-19.
La innovación se planifica, se genera y se mantiene basándose fundamentalmente y entre otros factores importantes, en su protección. Protección mediante patente. Sin patentes, sin el derecho de exclusiva que la patente otorga, no hay incentivos a la innovación.
Si se otorgan licencias obligatorias de las vacunas COVID- 19 no habrá vacunas, ni tratamientos, ni innovación en el futuro en este campo, y se sentaría un precedente peligroso con carácter general. La I+D en este campo no se vería reconocida, recompensada e incentivada de manera adecuada. Sin recompensa al esfuerzo innovador, con un coste de financiación muy elevado y con gran riesgo de que la innovación no llegue a buen puerto, nos quedaríamos sin vacunas y tratamientos. La salud del paciente se verá afectada de forma directa. En definitiva, sería una pésima decisión estratégica y llevaría a la innovación a un callejón sin salida.
¿Cuáles son entonces las claves para un acceso equitativo y adecuado a las vacunas y tratamientos COVID-19?
Compras conjuntas, políticas de responsabilidad social corporativa que faciliten el acceso a países en desarrollo y la colaboración privada y publico-privada. Actualmente se están produciendo las tres:
El mecanismo de adquisición conjunta de vacunas y tratamientos antivirales en tiempo de pandemia de la Comisión Europea, “Joint Procurement Agreements”. Estos acuerdos permiten un acceso equitativo, precios equilibrados y seguridad en el suministro y han sido utilizados con éxito durante la pandemia COVID-19 cerrando contratos con las principales empresas de vacunas y tratamientos antivirales contra el coronavirus.
Políticas de responsabilidad social corporativa, actuaciones destinadas a suplir las necesidades de países en desarrollo como el envío de excedentes de vacunas y donaciones de vacunas y tratamientos.
Clara apuesta por la colaboración privada, entre empresas, y la colaboración público-privada, para hacer frente a los desafíos sanitarios globales. Hay muchos ejemplos en la actual crisis sanitaria de acuerdos de financiación y de acuerdos de fabricación con compañías que desarrollan las vacunas para incrementar y garantizar la producción con los más altos estándares de calidad y seguridad. Estos acuerdos implican transferencia de tecnología para producir dentro de un marco claro de propiedad industrial.
La complejidad de los procesos es tan grande que deben existir estrictos controles, también regulatorios y legales, que la concesión de licencias obligatorias no garantizaría, con el riesgo de mercados paralelos que nos alejarían de un acceso a vacunas y tratamientos de calidad y seguros.
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